Cuando circulamos por una autovía o autopista se dan situaciones especiales en las que vemos que un vehículo nos adelanta por la derecha. Este tipo de adelantamientos, excepto en los casos de congestión de tráfico (retenciones, donde hay vehículos detenidos en otro carril a los que rebasamos), no solo va contra el Código de Tráfico y Seguridad Vial sino que puede provocar un grave riesgo de accidente. En este artículo analizaré el caso más frecuente en el que suele producirse el adelantamiento por la derecha en una autovía o autopista, y por qué deberíamos tener mucha precaución cuando nos lo hacen.
Para empezar, debemos tener claro que, en autopista o autovía, solo está permitido adelantar por la izquierda, tal como se indica en el Reglamento General de Circulación:
“En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por
la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.” (Capítulo II, artículo 33)“En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar.” (Capítulo VII, artículo 82.1)
Incumplir esta norma se considera una infracción grave y la sanción es de 200 euros sin pérdida de puntos (según el artículo 67.1 de la Ley de Seguridad Vial).
En autopista, autovía y carreteras de más de dos carriles para un mismo sentido está prohibido adelantar por la derecha.
Como indiqué antes, los adelantamientos deben realizarse por la izquierda del vehículo que se va a adelantar. Es decir, los carriles a la izquierda en una autopista o autovía están para adelantar (y solo para eso). Sin embargo, hay vehículos que simplemente circulan por otro carril que no sea el derecho aunque dicho carril derecho esté libre y no haya nadie a quien adelantar. Esto va contra otra norma del reglamento que establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho. Pues bien, esta infracción de circular de forma innecesaria por otro carril que no sea el derecho es la principal causa de que haya conductores que adelanten por la derecha, ya que se encuentran en su camino a vehículos que circulan más lentos por los otros carriles de la autopista o autovía. Así que la infracción de uno da lugar a la infracción de otros. Ninguna de ellas es justificable.
Si un vehículo circula más lento por el carril izquierdo no puedes adelantarle por la derecha.
Ahora bien, quizás estarás pensando en otra opción: pasarte tú también al carril izquierdo, detrás de él, con la intención de que entienda que quieres adelantarle y que debe pasarse a la derecha. Es lo que suelen hacer algunos, pero también es incorrecto (estarías cometiendo la misma infracción que él, o incluso peor si recurres al acoso acercándote mucho, dando luces largas o bocinazos). Acosar en carretera y dar ráfagas de luz en carretera está prohibido y además es de poco sentido común porque un conductor con ese comportamiento probablemente va bebido, ha tomado drogas, es un inconsciente o es un loco, así que a saber cómo podría reaccionar ante un acoso.
Pero, ¿y si el vehículo que circula en una autovía de dos carriles para cada sentido va a una velocidad anormalmente reducida (inferior a 60 km/h) tampoco le puedo adelantar? No, tampoco. No tienes la excusa de que tienes que cumplir la norma de ir a más de 60 km/h en autovía, porque el código de circulación dice “siempre que sea posible”. Y en la situación planteada no es posible ya que está prohibido adelantar por la derecha. Puede parecer absurdo, pero es lo que dice la norma. En estos casos debemos considerar que el vehículo o el conductor que circula por la izquierda a velocidad anormalmente reducida tiene algún problema grave, por lo que deberíamos encender las luces de emergencia, disminuir progresivamente y con antelación la velocidad a una inferior a la suya, seguir por nuestro carril derecho sin ponernos en paralelo, y observar qué puede estar sucediendo. Si el conductor no vuelve al carril derecho deberíamos avisar a la Guardia Civil si nos es posible. No podemos irnos adelantando por el carril derecho como si nada sucediera porque, primero, estaríamos incumpliendo la norma, y, segundo, estaríamos ignorando una posible emergencia o un caso de conducción temeraria sin avisar a las autoridades. ¿Es peligroso ir a baja velocidad por la autopista/autovía? Sí. ¿Colapsaríamos la autopista/autovía si todos los que vamos detrás cumplimos la norma, bajamos la velocidad y el vehículo de la izquierda no vuelve al carril derecho? Sí. Pero la norma dice eso. Y si le adelantas por la derecha estarás incumpliendo la norma y podrás ser multado.
La máxima velocidad a la que puedes adelantar en autopista o autovía es 120 km/h.
Si te “hacen el sandwich”, ten calma y no sobrepases la velocidad máxima.
En el caso de acoso que he citado incluso tienes todo el derecho a disminuir la velocidad si no te sientes cómodo y buscar un hueco para volver a la derecha (pero, repito, con mucha tranquilidad y un ojo en los retrovisores porque te puedes encontrar con una desagradable sorpresa a tu derecha). Sé que esto es polémico y que algunos te consideran ser un “Flanders al volante” por actuar así, pero yo insisto en recordar que quien va a 120 km/h ya va a la velocidad máxima permitida y, por tanto, no puede ser acusado de obstaculizar el carril izquierdo (excepto si el derecho está libre). Además, el código de circulación me permite seguir en el carril izquierdo para adelantar a otros vehículos que van por el derecho si ya voy a la máxima velocidad permitida. Yo no tengo por qué ir o bien a 80 por el carril derecho o bien a 160 por el izquierdo si quiero adelantar. La ley me permite adelantar a quien va a 90 pero me prohíbe hacerlo a más de 120. Y si, yendo a 120, necesito uno, dos o cinco minutos para adelantar porque los del carril izquierdo no reducen algo la velocidad para dejarme hueco y volver a la derecha, lo siento pero no tengo la culpa de eso. Si otros cometen infracciones, serán ellos quienes paguen las multas y pierdan los puntos, pero no yo. Sea como sea, nunca te sientas mal por cumplir las normas sino justo por lo contrario.
No tomes decisiones por acoso o vergüenza.
Después de sacarte el carnet de conducir y circular durante un tiempo, no vas a tardar en comprobar que hay una serie de conductores que tienen mucha prisa. En la mayoría de ocasiones no tienen prisa real por algún motivo justificado sino que su carácter (o el alcohol, o las drogas u otros condicionantes) les hace ser muy competitivos y nerviosos al volante. Este tipo de conductores son los que suelen adelantar por la derecha en cuanto tienen ocasión o aperrearte cuando vas adelantando por el carril izquierdo para que te quites de su camino. Cuidado con ellos. No entres en su juego.
Y ahora te preguntarás: ¿por qué está tan prohibido y sancionado adelantar por la derecha? Debido a que es una de las maniobras más peligrosas y que puede causar accidentes más graves. Al adelantar por la derecha, el conductor que te precede puede no observar tu presencia debido a que entras en el conocido como “ángulo muerto” donde no alcanzan los espejos. A menos que su coche tenga un detector de ángulo muerto, podría volver a su carril sin advertir tu presencia y provocarse un grave accidente. Del mismo modo, quien adelanta por la derecha se enfrenta a graves peligros si hay otros vehículos delante que le obstaculizan la visibilidad. Si aún no estás convencido, ve este vídeo y dime si aún crees que es sensato adelantar por la derecha.
Pienso que la norma es errónea y entra en contradicción consigo misma al respecto de los adelantamientos en autovías y vías similares, puesto que siempre dijo la norma que se debe abandonar el carril en el que circulas para que se produzca efectivamente el mismo. Lo considero de pleno absurdo y deseo y espero que los técnicos se detengan en esta controversia porque genera peligros innecesarios y la norma entra en conflicto consigo misma.
Realmente el adelantamiento y el desplazamiento lateral son maniobras distintas. Puede haber adelantamiento sin necesidad de desplazamiento lateral y viceversa. El hecho de superar a otro vehículo en movimiento se considera adelantamiento, incluso si no hay desplazamiento lateral, salvo en casos excepcionales. Por ejemplo, el hecho de que un vehículo supere a otro por la derecha por una calle de dos carriles se considera un adelantamiento, aunque la norma dice que está permitido por ser en vía urbana (cerciorándose de que no hay peligro) y no es necesario señalizarlo porque no hay desplazamiento lateral. De hecho lo que se señaliza en la maniobra de adelantamiento no es el adelantamiento en sí mismo sino el desplazamiento lateral que va a producirse tanto al iniciar el adelantamiento como al terminarlo. Solo si el vehículo (u objeto) está inmovilizado se le llama rebasamiento y las normas son diferentes.
En lo que sí concuerdo es en que hay aspectos de la norma que deberían ser revisados y aclarados, como por ejemplo en lo que se refiere al adelantamiento por la derecha de vehículos que circulan a velocidades reducidas en autovías por el carril situado más a la izquierda.
Es puro desconocimiento del código de circulación, conductores que se “instalan” en el carril central creyendo que hacen lo correcto. La Guardia Civil de carretera debería iniciar una campaña informativa, por medio de la megafonía de sus vehículos.
Informativa no, sancionadora. Si cada vez que alguien comete una infracción se debe informar y no sancionar, ¡vaya chollo! El desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento.
Podías poner vídeos de España y no de rusos borrachos.
No encontré otros, lo siento. Si encuentro de España los pongo.
En un carril de incorporación a la autopista se me ocurrió adelantar a un par de coches que estaban parados y retirados a la izquierda para detenerme detrás del tercero, ya que había retención y no había espacio para adelantarlo sin pisar la línea continua. Por el simple hecho de ponerme delante de esos dos coches pasando por su derecha (ya que estaban pegados a la izquierda y parados al haber congestión para incorporarse a la autopista, y hacerlo a un poco menos de 1,5 m (metro en mano), me han sancionado con 200 euros de multa los mossos. Y digo yo, ¿el peligro de adelantar a dos coches parados (aunque sea por la derecha), a una velocidad que si voy andando voy más rápido, y detenerme detrás del siguiente porque ya no estaba retirado y no pisar la línea ni pasar casi rozándolo, es tan grande como para que el mosso me detenga y me multe con 200 euros por adelantamiento imprudente y ponga que es una falta grave? Se ponen ahí no por otra cosa que para fastidiar al prójimo. Con la de imprudencias que se hacen cuando se conduce y realmente son peligrosas.
No sé, habría que ver lo que pasó in situ para darte una opinión. Puede haber agentes que cumplan el reglamento a rajatabla y otros que sean más flexibles dependiendo de la situación.
Es la norma más absurda que yo he visto. Tienen que ir todos a 50 km por hora, formando caravana (que también es peligroso), porque un tonto va por la izquierda a la velocidad de una tortuga. En mi opinión esto es un atraco al bolsillo con la ley en la mano. ¿Para qué sirven entonces los límites de velocidad? Si voy por el carril derecho a una velocidad dentro de los límites, no es mi problema lo que pasa a la izquierda. ¡Que le multen a él! ¡Solo a el! ¿Y por qué en la autoescuela dicen que adelantamiento solo es si tu adelantas al coche que vaya delante del tuyo en el mismo sentido y en el mismo carril? Tú te adelantas a él y vuelves otra vez al mismo carril. Esto es un adelantamiento.
Tienes razón en que la norma debería adaptarse a situaciones especiales como la de vehículos que circulan a velocidad anormalmente reducida por el carril izquierdo. Mientras tanto, no queda otra que respetar la norma o arriesgarse a una multa por adelantamiento por la derecha a pesar de que sea el otro vehículo el que está obstaculizando la circulación.
Se considera adelantamiento la maniobra consistente en sobrepasar a otro vehículo (por la derecha o por la izquierda), excepto en los siguientes casos que se considera rebasamiento (y no se aplican las normas del adelantamiento): cuando la carretera o autopista está saturada, en los carriles de aceleración o deceleración, en los carriles reservados y a vehículos que estén inmovilizados (o sea, totalmente parados). Si el vehículo está en movimiento ya se considera adelantamiento, aunque vaya a 1 km/h.
También es necesario aclarar que es incorrecto (según la norma) considerar que solo se produce adelantamiento en el momento de volver al carril por el que circula el otro vehículo. El solo hecho de sobrepasarle, aunque sea un centímetro, ya podría considerarse adelantamiento, aunque sigas por tu carril o incluso si reduces la velocidad y te quedas atrás. Si te pones a su altura y le sobrepasas un poquito ya se considera adelantamiento y sería objeto de sanción si es por la derecha en carretera de dos carriles o más (excepto si está saturada, como ya dije antes).
Esto es así porque el carril por el que debemos circular siempre en vías no urbanas es el de la derecha, y usar los otros exclusivamente para adelantar. El problema es que a veces hay bastante tráfico, sin que por ello se pueda considerar circulación saturada (que es cuando hay retenciones, por ejemplo, y los vehículos tienen que parar con frecuencia o ir muy despacio). Si hay tráfico pero la circulación es fluida a una velocidad dentro de los límites, entonces debemos ir por la derecha y dejar libres los carriles a nuestra izquierda, usándolos solo para adelantar y volver a la derecha en cuanto sea posible. Como ya dije en el artículo, lo habitual es que los vehículos del carril derecho no te dejen volver a ocuparlo porque no guardan la distancia de seguridad ni facilitan la vuelta a la derecha del que está adelantando (ambos pésimos hábitos), por lo que si adelantas a veces te quedas atrapado en los otros carriles sin poder volver a la derecha y aperreado por los que tienes detrás. Y si encima estás en un carril central y tienes vehículos a tu izquierda, puede suceder que a los de tu izquierda les dé por ir más lentos que tú, por lo que tendrías que reducir la velocidad para no incurrir en adelantamiento por la derecha. Son situaciones que la norma no contempla y que estaría bien clarificar, sobre todo para evitar sanciones injustas.
Todo es tan “susceptible de interpretación” que no tiene sentido. Como bien indicaban anteriormente, en vías de único sentido de circulación y con varios carriles (fuera de población) está claro que se ha de circular siempre por el carril derecho. Por otro lado, cada cambio de carril se ha de señalizar previamente y asegurarse que no circula nadie por él antes de cambiarse. Ahora bien, los adelantamientos han de realizarse siempre por la
derechaizquierda, en condiciones NORMALES de circulación. De toda la vida un adelantamiento ha implicado un cambio de carril que incluya toda la maniobra. Si yo voy circulando por mi carril derecho y a la izquierda circulan de forma ANÓMALA, lenta, yo no tengo por qué pararme o reducir la velocidad (para no rebasarle) porque de forma absurda alguien pueda interpretar esto como un adelantamiento. Otra cosa es que vaya haciendo zig zag cambiando de carril para ponerme delante de otros, eso sí sería adelantamiento. Por otro lado debería haber una jerarquía de normas y ver quién la ha incumplido primero y no multar a los que circulan bien, si no al contrario. Y si las normas están obsoletas o no se pueden interpretar de forma correcta hay que actualizarlas y no vivir sometidos a éstas de forma indefinida.En el código de circulación no se considera que el adelantamiento implique siempre un cambio de carril. Por ejemplo, piensa en una carretera con dos carriles para cada sentido donde solo circulan dos coches. Si tú vas por el carril derecho y el vehículo que te precede se cambia al carril izquierdo, aunque tú no cambies de carril estarás haciendo una maniobra de adelantamiento si le sobrepasas por la derecha por ir a mayor velocidad. Eso es lo que considera la normativa.
Por supuesto tienes razón en que se deberían hacer más excepciones a las normas y tener en cuenta quién incumple antes las normas y obliga a veces a que otros se pongan en una situación difícil. Para eso debatimos aquí, a ver si nos leen y les da por introducir enmiendas para casos especiales.
Artículo 83. Adelantamiento en calzadas de varios carriles. 2. Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento. En esta situación, ningún conductor deberá cambiar de carril para adelantar ni para efectuar cualquier otra maniobra que no sea prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar determinada dirección.
Una situación de tráfico denso no se considera adelantamiento.
Sí, es una de las excepciones en las que no se considera adelantamiento. En el artículo que has citado se explica lo que es “tráfico denso”. Pero no se aplica a situaciones en que el carril derecho tiene muchos vehículos circulando a, digamos, 90-100 km/h y hay otros pocos vehículos circulando a 120 km/h en el carril izquierdo. Se daría en el caso de estar completamente ocupados de vehículos todos los carriles más a la izquierda (“toda la anchura de la calzada”), y en ese caso no se puede cambiar de carril y no se considera adelantamiento por la derecha si la fila de vehículos a la izquierda va más rápida que la de la derecha. El tráfico denso debemos entenderlo como las típicas retenciones por accidente o por estar en épocas de operación salida o entrada de vacaciones. El resto de situaciones de tráfico donde hay bastantes coches pero la circulación es a una velocidad fluida sin parones no la van a considerar tráfico denso a efectos de sancionar o no el adelantamiento por la derecha.