El adelantamiento por la derecha en autovía o autopista

Cuando circulamos por una autovía o autopista se dan situaciones especiales en las que vemos que un vehículo nos adelanta por la derecha. Este tipo de adelantamientos, excepto en los casos de congestión de tráfico (retenciones, donde hay vehículos detenidos en otro carril a los que rebasamos), no solo va contra el Código de Tráfico y Seguridad Vial sino que puede provocar un grave riesgo de accidente. En este artículo analizaré el caso más frecuente en el que suele producirse el adelantamiento por la derecha en una autovía o autopista, y por qué deberíamos tener mucha precaución cuando nos lo hacen.

Para empezar, debemos tener claro que, en autopista o autovía, solo está permitido adelantar por la izquierda, tal como se indica en el Reglamento General de Circulación:

“En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por
la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.” (Capítulo II, artículo 33)

“En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar.” (Capítulo VII, artículo 82.1)

Incumplir esta norma se considera una infracción grave y la sanción es de 200 euros sin pérdida de puntos (según el artículo 67.1 de la Ley de Seguridad Vial).

En autopista, autovía y carreteras de más de dos carriles para un mismo sentido está prohibido adelantar por la derecha.

Con esa normativa en mente, veamos cuál suele ser la causa más frecuente de adelantamientos por la derecha en autopista o autovía.

Como indiqué antes, los adelantamientos deben realizarse por la izquierda del vehículo que se va a adelantar. Es decir, los carriles a la izquierda en una autopista o autovía están para adelantar (y solo para eso). Sin embargo, hay vehículos que simplemente circulan por otro carril que no sea el derecho aunque dicho carril derecho esté libre y no haya nadie a quien adelantar. Esto va contra otra norma del reglamento que establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho. Pues bien, esta infracción de circular de forma innecesaria por otro carril que no sea el derecho es la principal causa de que haya conductores que adelanten por la derecha, ya que se encuentran en su camino a vehículos que circulan más lentos por los otros carriles de la autopista o autovía. Así que la infracción de uno da lugar a la infracción de otros. Ninguna de ellas es justificable.

Si un vehículo circula más lento por el carril izquierdo no puedes adelantarle por la derecha.

Entonces, ¿qué hacemos en una autovía de solo dos carriles para cada sentido si vamos por el carril derecho a 120 km/h y nos encontramos con un vehículo que va más lento ocupando el carril a la izquierda? La norma no contempla esta excepción. Pero sabemos que no podemos adelantarle por la derecha. Así que, en primer lugar, tendríamos que reducir la velocidad a una inferior a la que llevara dicho vehículo, no situarnos en paralelo porque es peligroso, dejar una distancia de seguridad razonable y esperar a que volviera al carril derecho. Si no vuelve, no debemos adelantarle. En ese caso quien estaría cometiendo la infracción es él, puesto que tiene el carril derecho libre y no lo ocupa, así que no podemos caer en la tentación de cometer nosotros otra infracción y adelantarle por la derecha. Si lo hacemos, podríamos ser multados. Si hay un accidente de un tercero, nosotros seríamos tan culpables como el vehículo que circula incorrectamente por la izquierda.

Ahora bien, quizás estarás pensando en otra opción: pasarte tú también al carril izquierdo, detrás de él, con la intención de que entienda que quieres adelantarle y que debe pasarse a la derecha. Es lo que suelen hacer algunos, pero también es incorrecto (estarías cometiendo la misma infracción que él, o incluso peor si recurres al acoso acercándote mucho, dando luces largas o bocinazos). Acosar en carretera y dar ráfagas de luz en carretera está prohibido y además es de poco sentido común porque un conductor con ese comportamiento probablemente va bebido, ha tomado drogas, es un inconsciente o es un loco, así que a saber cómo podría reaccionar ante un acoso.

Pero, ¿y si el vehículo que circula en una autovía de dos carriles para cada sentido va a una velocidad anormalmente reducida (inferior a 60 km/h) tampoco le puedo adelantar? No, tampoco. No tienes la excusa de que tienes que cumplir la norma de ir a más de 60 km/h en autovía, porque el código de circulación dice “siempre que sea posible”. Y en la situación planteada no es posible ya que está prohibido adelantar por la derecha. Puede parecer absurdo, pero es lo que dice la norma. En estos casos debemos considerar que el vehículo o el conductor que circula por la izquierda a velocidad anormalmente reducida tiene algún problema grave, por lo que deberíamos encender las luces de emergencia, disminuir progresivamente y con antelación la velocidad a una inferior a la suya, seguir por nuestro carril derecho sin ponernos en paralelo,  y observar qué puede estar sucediendo. Si el conductor no vuelve al carril derecho deberíamos avisar a la Guardia Civil si nos es posible. No podemos irnos adelantando por el carril derecho como si nada sucediera porque, primero, estaríamos incumpliendo la norma, y, segundo, estaríamos ignorando una posible emergencia o un caso de conducción temeraria sin avisar a las autoridades. ¿Es peligroso ir a baja velocidad por la autopista/autovía? Sí. ¿Colapsaríamos la autopista/autovía si todos los que vamos detrás cumplimos la norma, bajamos la velocidad y el vehículo de la izquierda no vuelve al carril derecho? Sí. Pero la norma dice eso. Y si le adelantas por la derecha estarás incumpliendo la norma y podrás ser multado.

La máxima velocidad a la que puedes adelantar en autopista o autovía es 120 km/h.

Una situación, mucho más frecuente que la anterior, se produce cuando hay cierto tráfico en la autopista y hay vehículos que circulan más lentos por la derecha, con la distancia de seguridad reglamentaria entre ellos, y otros van adelantando por la izquierda. Hasta ahí todo correcto. Sin embargo, algunos conductores olvidan que adelantar en autopista no equivale a sobrepasar la velocidad máxima permitida en autopista. Por tanto, cuando adelantas en autopista o autovía no puedes sobrepasar los 120 km/h. ¿Qué sucede? Que cuando algún conductor, como yo, ocupa el carril izquierdo para adelantar a un máximo de 120 km/h como marca la norma, siempre hay alguien con mucha prisa que comienza a aperrear detrás, e incluso a acosarte con las luces largas o el claxon. Porque, supone él, tu obligación es adelantar a 140 o a 160 si hace falta y dejarle libre el carril aunque no puedas volver al derecho porque está ocupado por otros vehículos que van a 95 o a 100. Estos casos suelen ser estresantes y causan situaciones de peligro como el adelantamiento por la derecha.

Si te “hacen el sandwich”, ten calma y no sobrepases la velocidad máxima.

Yo le llamo “hacerte el sandwich”, porque te encuentras con el carril derecho ocupado y con otros maldiciéndote detrás por ir a la velocidad máxima que marca la norma y no a 160 como quieren ellos. ¿Qué recomiendo hacer en casos como el citado antes? Respirar hondo, estar tranquilo, cumplir la norma de no sobrepasar la velocidad máxima y prestar mucha atención a los espejos retrovisores (y al posible ángulo muerto) porque a más de un “apresurado” le puede dar por adelantarte por la derecha en cuanto vea un hueco. Mira este vídeo de acoso y adelantamiento por la derecha (cometido por el vehículo blanco). Y, si eres de los que aperrean aproximándose mucho y dando luces porque quieres adelantar a más de 120 km/h, ten en cuenta que si te caza un helicóptero Pegasus haciendo eso te van a crujir bien y vas a perder muchos puntos por varias infracciones (incluyendo conducción temeraria).

En el caso de acoso que he citado incluso tienes todo el derecho a disminuir la velocidad si no te sientes cómodo y buscar un hueco para volver a la derecha (pero, repito, con mucha tranquilidad y un ojo en los retrovisores porque te puedes encontrar con una desagradable sorpresa a tu derecha). Sé que esto es polémico y que algunos te consideran ser un “Flanders al volante” por actuar así, pero yo insisto en recordar que quien va a 120 km/h ya va a la velocidad máxima permitida y, por tanto, no puede ser acusado de obstaculizar el carril izquierdo (excepto si el derecho está libre). Además, el código de circulación me permite seguir en el carril izquierdo para adelantar a otros vehículos que van por el derecho si ya voy a la máxima velocidad permitida. Yo no tengo por qué ir o bien a 80 por el carril derecho o bien a 160 por el izquierdo si quiero adelantar. La ley me permite adelantar a quien va a 90 pero me prohíbe hacerlo a más de 120. Y si, yendo a 120, necesito uno, dos o cinco minutos para adelantar porque los del carril izquierdo no reducen algo la velocidad para dejarme hueco y volver a la derecha, lo siento pero no tengo la culpa de eso. Si otros cometen infracciones, serán ellos quienes paguen las multas y pierdan los puntos, pero no yo. Sea como sea, nunca te sientas mal por cumplir las normas sino justo por lo contrario.

No tomes decisiones por acoso o vergüenza.

Hay ciertos casos en que, incluso sabiendo que vas a cometer una infracción, puedes considerar que es menos arriesgado acelerar durante unos instantes hasta 145 para adelantar con soltura y pasarte rápido al carril de la derecha (total, dirás, son 50€ sin pérdida de puntos en caso de que te pillen justo en ese instante). Es tu decisión y tendrás que valorarla en el momento oportuno, pero no voy a recomendar cometer infracciones. En todo caso, toma la decisión que sea con tranquilidad, con seguridad y por propia decisión, y no a causa del acoso de nadie o por “vergüenza”. Esto es especialmente importante si eres conductor novel. Al principio tu tendencia puede ser querer salir de la situación difícil lo antes posible y meterte así en un problema mayor. Cuida tu impulsividad y evita que los nervios te hagan comportarte de una forma irascible con los errores o infracciones de los demás.

Después de sacarte el carnet de conducir y circular durante un tiempo, no vas a tardar en comprobar que hay una serie de conductores que tienen mucha prisa. En la mayoría de ocasiones no tienen prisa real por algún motivo justificado sino que su carácter (o el alcohol, o las drogas u otros condicionantes) les hace ser muy competitivos y nerviosos al volante. Este tipo de conductores son los que suelen adelantar por la derecha en cuanto tienen ocasión o aperrearte cuando vas adelantando por el carril izquierdo para que te quites de su camino. Cuidado con ellos. No entres en su juego.

Y ahora te preguntarás: ¿por qué está tan prohibido y sancionado adelantar por la derecha? Debido a que es una de las maniobras más peligrosas y que puede causar accidentes más graves. Al adelantar por la derecha, el conductor que te precede puede no observar tu presencia debido a que entras en el conocido como “ángulo muerto” donde no alcanzan los espejos. A menos que su coche tenga un detector de ángulo muerto, podría volver a su carril sin advertir tu presencia y provocarse un grave accidente. Del mismo modo, quien adelanta por la derecha se enfrenta a graves peligros si hay otros vehículos delante que le obstaculizan la visibilidad. Si aún no estás convencido, ve este vídeo y dime si aún crees que es sensato adelantar por la derecha.

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18 comentarios en “El adelantamiento por la derecha en autovía o autopista

  1. Pienso que la norma es errónea y entra en contradicción consigo misma al respecto de los adelantamientos en autovías y vías similares, puesto que siempre dijo la norma que se debe abandonar el carril en el que circulas para que se produzca efectivamente el mismo. Lo considero de pleno absurdo y deseo y espero que los técnicos se detengan en esta controversia porque genera peligros innecesarios y la norma entra en conflicto consigo misma.

    • Realmente el adelantamiento y el desplazamiento lateral son maniobras distintas. Puede haber adelantamiento sin necesidad de desplazamiento lateral y viceversa. El hecho de superar a otro vehículo en movimiento se considera adelantamiento, incluso si no hay desplazamiento lateral, salvo en casos excepcionales. Por ejemplo, el hecho de que un vehículo supere a otro por la derecha por una calle de dos carriles se considera un adelantamiento, aunque la norma dice que está permitido por ser en vía urbana (cerciorándose de que no hay peligro) y no es necesario señalizarlo porque no hay desplazamiento lateral. De hecho lo que se señaliza en la maniobra de adelantamiento no es el adelantamiento en sí mismo sino el desplazamiento lateral que va a producirse tanto al iniciar el adelantamiento como al terminarlo. Solo si el vehículo (u objeto) está inmovilizado se le llama rebasamiento y las normas son diferentes.

      En lo que sí concuerdo es en que hay aspectos de la norma que deberían ser revisados y aclarados, como por ejemplo en lo que se refiere al adelantamiento por la derecha de vehículos que circulan a velocidades reducidas en autovías por el carril situado más a la izquierda.

  2. Es puro desconocimiento del código de circulación, conductores que se “instalan” en el carril central creyendo que hacen lo correcto. La Guardia Civil de carretera debería iniciar una campaña informativa, por medio de la megafonía de sus vehículos.

    • Informativa no, sancionadora. Si cada vez que alguien comete una infracción se debe informar y no sancionar, ¡vaya chollo! El desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento.

  3. En un carril de incorporación a la autopista se me ocurrió adelantar a un par de coches que estaban parados y retirados a la izquierda para detenerme detrás del tercero, ya que había retención y no había espacio para adelantarlo sin pisar la línea continua. Por el simple hecho de ponerme delante de esos dos coches pasando por su derecha (ya que estaban pegados a la izquierda y parados al haber congestión para incorporarse a la autopista, y hacerlo a un poco menos de 1,5 m (metro en mano), me han sancionado con 200 euros de multa los mossos. Y digo yo, ¿el peligro de adelantar a dos coches parados (aunque sea por la derecha), a una velocidad que si voy andando voy más rápido, y detenerme detrás del siguiente porque ya no estaba retirado y no pisar la línea ni pasar casi rozándolo, es tan grande como para que el mosso me detenga y me multe con 200 euros por adelantamiento imprudente y ponga que es una falta grave? Se ponen ahí no por otra cosa que para fastidiar al prójimo. Con la de imprudencias que se hacen cuando se conduce y realmente son peligrosas.

    • No sé, habría que ver lo que pasó in situ para darte una opinión. Puede haber agentes que cumplan el reglamento a rajatabla y otros que sean más flexibles dependiendo de la situación.

  4. Es la norma más absurda que yo he visto. Tienen que ir todos a 50 km por hora, formando caravana (que también es peligroso), porque un tonto va por la izquierda a la velocidad de una tortuga. En mi opinión esto es un atraco al bolsillo con la ley en la mano. ¿Para qué sirven entonces los límites de velocidad? Si voy por el carril derecho a una velocidad dentro de los límites, no es mi problema lo que pasa a la izquierda. ¡Que le multen a él! ¡Solo a el! ¿Y por qué en la autoescuela dicen que adelantamiento solo es si tu adelantas al coche que vaya delante del tuyo en el mismo sentido y en el mismo carril? Tú te adelantas a él y vuelves otra vez al mismo carril. Esto es un adelantamiento.

    • Tienes razón en que la norma debería adaptarse a situaciones especiales como la de vehículos que circulan a velocidad anormalmente reducida por el carril izquierdo. Mientras tanto, no queda otra que respetar la norma o arriesgarse a una multa por adelantamiento por la derecha a pesar de que sea el otro vehículo el que está obstaculizando la circulación.

      Se considera adelantamiento la maniobra consistente en sobrepasar a otro vehículo (por la derecha o por la izquierda), excepto en los siguientes casos que se considera rebasamiento (y no se aplican las normas del adelantamiento): cuando la carretera o autopista está saturada, en los carriles de aceleración o deceleración, en los carriles reservados y a vehículos que estén inmovilizados (o sea, totalmente parados). Si el vehículo está en movimiento ya se considera adelantamiento, aunque vaya a 1 km/h.

      También es necesario aclarar que es incorrecto (según la norma) considerar que solo se produce adelantamiento en el momento de volver al carril por el que circula el otro vehículo. El solo hecho de sobrepasarle, aunque sea un centímetro, ya podría considerarse adelantamiento, aunque sigas por tu carril o incluso si reduces la velocidad y te quedas atrás. Si te pones a su altura y le sobrepasas un poquito ya se considera adelantamiento y sería objeto de sanción si es por la derecha en carretera de dos carriles o más (excepto si está saturada, como ya dije antes).

      Esto es así porque el carril por el que debemos circular siempre en vías no urbanas es el de la derecha, y usar los otros exclusivamente para adelantar. El problema es que a veces hay bastante tráfico, sin que por ello se pueda considerar circulación saturada (que es cuando hay retenciones, por ejemplo, y los vehículos tienen que parar con frecuencia o ir muy despacio). Si hay tráfico pero la circulación es fluida a una velocidad dentro de los límites, entonces debemos ir por la derecha y dejar libres los carriles a nuestra izquierda, usándolos solo para adelantar y volver a la derecha en cuanto sea posible. Como ya dije en el artículo, lo habitual es que los vehículos del carril derecho no te dejen volver a ocuparlo porque no guardan la distancia de seguridad ni facilitan la vuelta a la derecha del que está adelantando (ambos pésimos hábitos), por lo que si adelantas a veces te quedas atrapado en los otros carriles sin poder volver a la derecha y aperreado por los que tienes detrás. Y si encima estás en un carril central y tienes vehículos a tu izquierda, puede suceder que a los de tu izquierda les dé por ir más lentos que tú, por lo que tendrías que reducir la velocidad para no incurrir en adelantamiento por la derecha. Son situaciones que la norma no contempla y que estaría bien clarificar, sobre todo para evitar sanciones injustas.

  5. Todo es tan “susceptible de interpretación” que no tiene sentido. Como bien indicaban anteriormente, en vías de único sentido de circulación y con varios carriles (fuera de población) está claro que se ha de circular siempre por el carril derecho. Por otro lado, cada cambio de carril se ha de señalizar previamente y asegurarse que no circula nadie por él antes de cambiarse. Ahora bien, los adelantamientos han de realizarse siempre por la derecha izquierda, en condiciones NORMALES de circulación. De toda la vida un adelantamiento ha implicado un cambio de carril que incluya toda la maniobra. Si yo voy circulando por mi carril derecho y a la izquierda circulan de forma ANÓMALA, lenta, yo no tengo por qué pararme o reducir la velocidad (para no rebasarle) porque de forma absurda alguien pueda interpretar esto como un adelantamiento. Otra cosa es que vaya haciendo zig zag cambiando de carril para ponerme delante de otros, eso sí sería adelantamiento. Por otro lado debería haber una jerarquía de normas y ver quién la ha incumplido primero y no multar a los que circulan bien, si no al contrario. Y si las normas están obsoletas o no se pueden interpretar de forma correcta hay que actualizarlas y no vivir sometidos a éstas de forma indefinida.

    • En el código de circulación no se considera que el adelantamiento implique siempre un cambio de carril. Por ejemplo, piensa en una carretera con dos carriles para cada sentido donde solo circulan dos coches. Si tú vas por el carril derecho y el vehículo que te precede se cambia al carril izquierdo, aunque tú no cambies de carril estarás haciendo una maniobra de adelantamiento si le sobrepasas por la derecha por ir a mayor velocidad. Eso es lo que considera la normativa.

      Por supuesto tienes razón en que se deberían hacer más excepciones a las normas y tener en cuenta quién incumple antes las normas y obliga a veces a que otros se pongan en una situación difícil. Para eso debatimos aquí, a ver si nos leen y les da por introducir enmiendas para casos especiales.

  6. Artículo 83. Adelantamiento en calzadas de varios carriles. 2. Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento. En esta situación, ningún conductor deberá cambiar de carril para adelantar ni para efectuar cualquier otra maniobra que no sea prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar determinada dirección.

    Una situación de tráfico denso no se considera adelantamiento.

    • Sí, es una de las excepciones en las que no se considera adelantamiento. En el artículo que has citado se explica lo que es “tráfico denso”. Pero no se aplica a situaciones en que el carril derecho tiene muchos vehículos circulando a, digamos, 90-100 km/h y hay otros pocos vehículos circulando a 120 km/h en el carril izquierdo. Se daría en el caso de estar completamente ocupados de vehículos todos los carriles más a la izquierda (“toda la anchura de la calzada”), y en ese caso no se puede cambiar de carril y no se considera adelantamiento por la derecha si la fila de vehículos a la izquierda va más rápida que la de la derecha. El tráfico denso debemos entenderlo como las típicas retenciones por accidente o por estar en épocas de operación salida o entrada de vacaciones. El resto de situaciones de tráfico donde hay bastantes coches pero la circulación es a una velocidad fluida sin parones no la van a considerar tráfico denso a efectos de sancionar o no el adelantamiento por la derecha.

  7. Solo diré una cosa:

    Lo primordial en la carretera es la fluidez y la seguridad; eso prima por encima de cualquier norma impuesta o posible “multa”.

    Si por seguridad vial y fluidez debo adelantar por la derecha, lo haré. Me arriesgo a una multa, pero no obstaculizo la circulación ni aumento el riesgo en la carretera.

    La carretera tiene muchas variables no contempladas en el reglamento. Al conducir, debes seguir principios y valores propios que prevalecen sobre el temor a una multa.

    Si, por ejemplo, adelantar a un vehículo a 150 km/hora ahorra valiosos segundos en la maniobra. Puedes regresar rápidamente al carril central o derecho, exponiéndote al riesgo por menos tiempo, reduciendo el riesgo para el vehículo adelantado y facilitando la fluidez para quienes siguen las normas y para quienes no.

    Conduzco generalmente siguiendo las normas, pero hay momentos puntuales en los que el sentido común prevalece sobre las normas.

    Si hay alguna duda, la equidad está por encima del cumplimiento de cualquier ley. Es el sentido común y el bien común lo que prevalece. En algunos juicios, se declara inocente a alguien que evidentemente ha incumplido la ley (jurisprudencia). La ley de tráfico asume esto, por eso utiliza la frase “COMO NORMA GENERAL”.

    Por eso, COMO NORMA GENERAL, no debes adelantar por la derecha. ¿Puedes adelantar por la derecha? Obviamente que puedes, pero queda a tu juicio y responsabilidad, a tu riesgo de multa y a tus propios valores.

    Para mí, prima más la seguridad vial que la ley de tráfico. Si llego a un momento en el que debo elegir entre favorecer la fluidez y la seguridad o cumplir la ley de tráfico, SIEMPRE favoreceré la fluidez y la seguridad, aunque implique romper conscientemente la ley. Si alguien va a 60 por la izquierda, obliga a todos a ir a 60 por la derecha, aumentando el riesgo de conductores temerarios y convirtiendo esa zona en una “zona caliente” (en términos, una zona donde el riesgo de accidente probable es ALTO). A mayor tiempo en esa zona, mayor es la probabilidad de accidente por parte de un conductor agresivo. Por ese hecho solamente, adelanto por la derecha para salir de la zona caliente y reducir el riesgo. Me arriesgo a la multa, pero llego a casa con la conciencia tranquila todos los días, sabiendo que NUNCA he tenido ni un solo accidente.

    • Coincido plenamente con su forma de razonar en este asunto. Yo aplico lo mismo al conducir. Intento por todos los medios cumplir las normas, pero la posibilidad de una multa no puede impedir el buen juicio porque hay situaciones en que las circunstancias del tráfico impiden cumplir una determinada norma sin poner en peligro la seguridad.

  8. En mi opinión, la DGT ya no sabe qué hacer para multarnos, y digo en mi opinión, porque seguro que a muchos les parecerá bien esta propuesta, pero, tal y como pienso, es una normativa que no tiene ni pies ni cabeza, porque entra en conflicto con la misma. A ver, si no se puede adelantar en carretera, autovías y similares, ¿por qué luego nos dicen que tienes que apartarte del carril en el que estás circulando?, de verdad, no lo entiendo, o es la norma más estúpida que he visto, o no me lo explico.

    • Adelantar sí que se puede, pero por el carril izquierdo. Por el que queda a tu derecha no, excepto en casos de circulación colapsada. Que es absurdo cuando hay vehículos que se empeñan en ir por el carril izquierdo todo el tiempo cuando no van a adelantar, pues sí, pero es lo que hay.

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